domingo, 29 de noviembre de 2020

Deberes y derechos de la militancia del PSOE

Compañeros y compañeras: El 39º Congreso aprobó unos Estatutos Federales, un reglamento de desarrollo y diversa normativa para conseguir un funcionamiento más democrático del partido y por la implicación directa de la militancia en los procesos de toma de decisiones. La prevención es fundamental en cualquier organización humana, para ello las organizaciones se dotan de normativas y reglamentos sesudamente elaborados y regularmente actualizados. Si algo me enseño mi profesión fue que no hay que esperar a que llegue el accidente para prevenirlo. Puestoque una vez hundido el barco, ya no hay remedio. En nuestro caso y como militantes del PSOE el 39º Congreso tenemos unos derechos y unos deberes. Debemos cumplir con nuestros deberes (anexo 1) y hacer que se respeten nuestros derechos (anexo 2). Lo primero pues será conocer unos y otros. De acuerdo con el anexo 1 revisa tus deberes, y si ves que no cumples con lo que se te exige como militante, corrígete y cúmplelos. Si eres, además de militante, dirigente te recomiendo que prestes especial atención al apartado d). A continuación, examina tus derechos en el anexo 2 y si alguien en el partido los conculca, ¡denúncialo! Es tu derecho y también tu deber. Volviendo al principio, no prevenir a tiempo las acciones a tomar ante violaciones de las normas establecidas por el partido, suele conducir a situaciones traumáticas que luego cuesta mucho corregir. Te rogaria que consultases estas breves notas y las comentases con total libertad, y las hicieses llegar a tus compañeros y compañeras. Gracias Anexo 1 Son deberes de los y las militantes, los siguientes: a. El sentido de la responsabilidad en el trabajo y en cuantos ámbitos desarrollen su actividad. b. La defensa de los intereses generales de la Organización, de la Declaración de Principios, del Programa, las resoluciones y estatutos aprobados por sus Congresos, así como los acuerdos legítimamente emanados de sus órganos de dirección, no pudiendo pertenecer a otra organización política diferente. c. La solidaridad material y moral con el resto de militantes de la Organización, el respeto a sus opiniones y posiciones, a sus personas y a la obligada colaboración sin discriminación por razones de distinta forma de concepción política. d. Cumplir los estatutos, el Código Ético, reglamentos y demás normativa interna así como acatar las resoluciones, directrices e instrucciones que, en el ejercicio de sus competencias, dicten los órganos del Partido. e. Los militantes del Partido deberán actuar en algún movimiento social. En caso de actuar sindicalmente, deberán de hacerlo preferentemente en la Unión General de Trabajadores. En su acción deberán aplicar y defender la estrategia del Partido, decidida por los órganos competentes del mismo en cada caso f. La aportación de sus conocimientos y colaboración a cuantos órganos e instituciones del Partido se lo demanden. g. La remisión, a través de los cauces orgánicos que se establezcan, de cuanta información posean con relación a las tareas de organización. h. La asistencia activa a cuantos actos de la vida orgánica y política convoque la Organización. i. La aceptación de aquellos cometidos de representación política que democráticamente les sean requeridos o ejecutivamente designados, según los casos y salvo circunstancia o causa justificada. j. Aquella persona militante del Partido que traslade su residencia desde el área de una Agrupación a otra, deberá solicitar su traslado a ésta y se le reconocerá automáticamente si goza de todos sus derechos. k. La colaboración económica a través del abono de una cuota mediante domiciliación bancaria. l. Ser interventor/a o apoderado/a en los diferentes procesos electorales. m. La participación y colaboración en la organización de los procesos de elección de candidatos y candidatas mediante el procedimiento de elecciones primarias. Anexo 2 Son derechos de los y las militantes, los siguientes: a. El derecho a recibir de la Organización la formación política o técnica que mejor permita colaborar en la lucha por el socialismo y por el éxito de la misma en las tareas que se le encomienden b. El derecho a ser informados acerca de la composición de los órganos directivos y de administración, a recibir a través de los cauces orgánicos información sobre las decisiones adoptadas por los órganos del Partido en los distintos niveles y, en general, sobre todas aquellas cuestiones que afecten a la vida interna del Partido, a su proyección externa y a su actividad institucional. c. El derecho a formar parte de los grupos socialistas que se formen o existan y a la libre expresión de ideas o iniciativas en su seno. d. El derecho de discusión y crítica sobre posiciones políticas propias y ajenas mediante la libre expresión oral o escrita y a su libre comunicación dentro del Partido. e. El derecho a realizar manifestaciones públicas, juicios de valor y expresión de opiniones, de forma libre, leal y responsable dentro de los límites del respeto a la dignidad de las personas, así como a las resoluciones y acuerdos democráticamente adoptados por los órganos del Partido en el marco de sus competencias estatutarias. f. El derecho al sufragio activo y a la participación en todos los procesos orgánicos y electorales internos que se planteen, en los términos que reglamentariamente se establezcan para cada uno de ellos. g. El derecho a ser candidato o candidata en cuantos procesos electorales internos y externos se planteen, sin veto o reparo alguno que suponga discriminación o ventaja, salvo las limitaciones que en estos Estatutos se señalen en razón de antigüedad en la militancia o por incompatibilidades. Será condición necesaria para ejercer este derecho el estar al corriente de cotización. h. El derecho al control político de sus elegidos y responsables, basado en una información veraz, en la libre expresión, el respeto a las personas y la sujeción al lugar y tiempo reglamentariamente establecidos. ESTATUTOS FEDERALES 10 i. El derecho a la protección externa por el propio Partido, frente a los ataques injustos; e interna, mediante la actuación imparcial y equitativa de los órganos competentes. j. El derecho a la utilización de medios materiales y humanos de la Organización para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos, con la correspondiente autorización de los órganos ejecutivos de la instancia de que se trate. k El derecho a concursar en cuantas ocasiones se produzcan para cubrir puestos de trabajo remunerados de la Organización, que evitará la libre designación de personas colaboradores/as o empleados/as, salvo en los puestos de estricta confianza. Igualmente se tendrá derecho a ser elegido miembro de tribunales calificadores, o de examen, en el nivel correspondiente y a ser informado de las convocatorias que al efecto se realicen. l. El derecho a participar en una organización sectorial y desarrollar la militancia 2.0 en los términos reglamentariamente establecidos. m. El derecho de iniciativa política que se configura como un derecho individual de ejercicio colectivo, que se ejercerá ante la respectiva Comisión Ejecutiva o ante los máximos órganos del Partido entre Congresos a nivel local (Asamblea local), provincial (Comité Provincial), autonómico (Comité Regional), de nacionalidad (Comité Nacional) y federal (Comité Federal), según se determinará reglamentariamente. Las iniciativas que cuenten con el apoyo de un mínimo del 20% de las firmas de los militantes del ámbito territorial respectivo del órgano al que se dirija la iniciativa, serán de tratamiento obligado para éste. n. El derecho a impugnar los acuerdos adoptados por los órganos del partido que estimen contrarios a la Ley o a los presentes estatutos, a través de los procedimientos que se regulen estatutaria o reglamentariamente y, en todo caso, agotados estos, ante los Juzgados y Tribunales competentes. o. El derecho a acudir en defensa de sus derechos como afiliado ante la Comisión Federal de Ética y Garantías, o ante cualquier otro órgano del Partido al que se le atribuya la defensa de sus derechos.